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Militarismo y pretorianismo: aclarando conceptos

Publicado: 2010-10-02

La Constitución Política del Perú en su art. 169° señala “Las Fuerzas Armada y la Policía Nacional no son deliberantes. Están subordinadas al poder constitucional”. Este artículo refleja la preocupación de los legisladores por hacer que las FFAA y la PNP se limiten a cumplir sus funciones que la propia Constitución y la Ley les asigna, evitando la tentación que históricamente tuvieron principalmente las altas jerarquías castrenses, pero también algunos mandos intermedios especialmente desde el grado de Comandante, para intervenir políticamente empleando las unidades militares o policiales puestas bajo su mando, aprovechándose de su posición y de la disciplina jerarquizada de la cual están imbuidos sus miembros.

Esta preocupación no ha sido exclusiva del Perú, desde antaño países como Francia, España, Inglaterra y EEUUA buscaron elaborar una serie de normas de alta jerarquía jurídica para ubicar a las FFAA dentro de un contexto democrático y limitar la tendencia a la autonomización de éstas. A partir de ahí, se ha desarrollado mucha literatura de tipo doctrinario, sociológico, jurídico, político, constitucional, histórico, psicológico y militar para explicar los alcances de estas normas o para proponer nuevas percepciones, diagnósticos o soluciones a esta preocupación: como hacer que las FFAA y PN en general, y militares y policías en particular, no intervengan en las decisiones políticas de alto nivel, sea directa o indirectamente.

Una de las tantas explicaciones en la que muchos estudiosos y académicos coinciden, respecto a la intervención de militares y policías en la esfera política decisoria, es que los mismos son influenciados por dos fenómenos: el militarismo y el pretorianismo. Para Irwin: “El término militarismo es uno cargado de un fuerte contenido político…, en términos estrictamente académicos, se entiende una situación política en la cual el sector militar de una sociedad dada, por una suerte de metástasis invade ésta llegando a dominar todos los aspectos fundamentales de la vida social… La expresión militarismo se incorpora al Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua durante la segunda mitad del siglo XIX, expresando el temor de las sociedades de orientación liberal ante el peligroso poder político potencial de los ejércitos modernos”(Domingo Irwin, Usos y abusos del militarismo y el pretorianismo en la historia y la política, ponencia en la Universidad Simón Bolívar, Caracas, 6-8 febrero 2001). Agrega que a la palabra militarismo se le da un empleo interesado, especialmente periodístico, para calificar a un gobierno dado como de militarista, procurando descalificarlo ante la opinión pública, informada o no, sobre todo si ésta es mayoritariamente de tendencia liberal. Para él, “intervencionismo militar en la política de una sociedad dada no es militarismo y lo que genéricamente muchos gustan en calificar de militarismo latinoamericano es eso, intervencionismo militar, más no, strictus sensus, académicamente, militarismo”.

El intervencionismo militar estuvo muy ligado a los tipos de ejércitos de caudillos, cuando aún era incipiente la formación de partidos políticos partidarios, y la forma más rápida de acceder al poder era colocarse un uniforme militar, investirse del grado correspondiente de acuerdo a la cantidad de huestes reclutadas y pagadas por el caudillo, y enfrentar al gobernante de turno para derrocarlo. Sobre el particular subsiste la tendencia a diferenciar caudillos civiles de caudillos militares, cuando en realidad no existe tal diferencia. Irwin lo aclara así: “Lo cierto es que el caudillo militar no es otra cosa que una quimera conceptual. El caudillo es por definición un civil guerrero, personalista, que actuaba vía la violencia en la arena política, no un miembro de la institución castrense, ésta como tal no existía normalmente. Para que los caudillos fuesen actores políticos dominantes, la institución militar tenía que ser tan de papel como las Constituciones del siglo XIX. El caudillismo es la perversión de la civilidad por una elite propietaria civil en su origen y naturaleza, la cual degenera vía la violencia y el personalismo, favoreciendo una realidad política que impide el desarrollo de auténticas políticas económicas liberales de mercado...” En el Perú durante el siglo XIX hubo caudillos con uniforme con tendencia a la intervención militar, no militarismo.

El término más apropiado para calificar lo sucedido en el siglo XX con la mayoría de las FFAA latinoamericanas que incursionaron en la política tomando el poder, es lo que Amos Perlmutter (en 1977) denominó pretorianismo: “palabra que caracteriza una situación en la cual el sector militar en una situación dada ejerce una influencia política abusiva recurriendo a la fuerza o amenazando recurrir a ésta”.

Ambas formas de intervención se han dado en el Perú, de ahí la constante histórica por limitar la injerencia militar-policial en asuntos políticos, a través de articulados en las Constituciones. Sin embargo los legisladores no han diferenciado claramente los conceptos, pues si se trataba de evitar la intervención militar vista como pretorianismo, la solución al problema era sólo separar a los militares de la política, para que la democracia se desarrollara apropiadamente, pero si lo que predominaba era el militarismo en la sociedad, la solución no se presentaba tan sencilla. En este último caso habría que reforzar a los partidos políticos e instituciones administrativas y sociales del Estado, impregnándoles verdaderos valores democráticos para contrarrestar los valores del militarismo que directa o indirectamente influyen en la colectividad en su conjunto.

Ninguno de los dos términos que explican el fenómeno de la intervención política de los militares en los siglos XIX y XX, han podido ser evitados con la inclusión del art. 169° en nuestra Constitución. Se ha pretendido también explicar las intervenciones del siglo XX, debido a la falta de controles civiles adecuados así como a la falta de profesionalidad de las FFAA (Huntington en 1957, Janowitz en 1960, Finer en 1962, Stephan en 1973, Perlmutter en 1977, entre otros). A comienzos del siglo XXI , la moda de los académicos latinoamericanos fue el denominado “control civil” para evitar nuevos tipos de intervención militar, incidiendo en mejorar las llamadas relaciones civil-militar bajo el imperio democrático de la ley, que Koonings y Kruijt (2002) resumen así: “…unas buenas relaciones cívico-militares bajo el imperio democrático de la ley implica un equilibrio indiscutible entre la reconocida y aceptada misión de seguridad de las instituciones militares y los reconocidos y aceptados mecanismos de control y poder de la sociedad civil y los gobernantes electos… sin (ello)… el problema de la interferencia militar en política, la amenaza de los pronunciamientos, los golpes y autogolpes continuarán..”

Debemos entonces analizar bien los fenómenos que vienen sucediendo en el contexto latinoamericano para calificarlos con propiedad en sus etapas de diagnósticos y buscar soluciones apropiadas a cada caso. Las autoridades políticas con mando sobre lo militar, no debieran excederse en interpretar superficialmente los problemas que ahora aquejan a las FFAA. Creo que con rarísimas excepciones, la profesionalidad militar está hoy más consciente de la importancia de los valores democráticos, pero se le deban dar causes viables para manifestarse, como por ejemplo instituir una obediencia de carácter reflexivo, revocable y condicional, con capacidad para discernir lo que puede ser legal o no, aceptando y cumpliendo las órdenes que corresponden al servicio dentro del ordenamiento constitucional y del respeto a los derechos humanos. No se debe abusar de la consabida entrega, espíritu de sacrificio y abnegación en la cual son formados. Hoy a la luz de la consolidación democrática y de la primacía del Estado Constitucional, de pleno respeto a los derechos fundamentales, incluidos los de los militares, el control político democrático debe ejercerse con el único instrumento válido, superior a las voluntades de los gobernantes de turno: la ley justa y legítima.


Escrito por


Publicado en

Andrés Acosta

General del Ejército Peruano en retiro